El Tribunal de Garantías Constitucionales dejó sin efecto el embargo del edificio de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) y el congelamiento de sus cuentas, dictando procedente un amparo constitucional contra el fallo del Tribunal Supremo de Justicia, que le obligada a la entidad futbolera a pagar al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) una deuda impositiva de Bs 16,5 millones por la venta de los derechos de televisión de las eliminatorias para el Mundial de Alemania 2006.
A través del nuevo fallo se ha determinado que el asunto debe pasar ahora a consulta ante el Tribunal Constitucional, donde se emitirá la resolución final. El asesor legal de la FBF, Víctor Hugo López, quien trabaja en el proceso, presentó el lunes por la tarde en Sucre los argumentos de la defensa, solicitando que se revise la medida.
“El Tribunal ha declarado procedente el recurso anulando el auto supremo y disponiendo que se dicte uno nuevo, pero considerando los elementos que fueron omitidos o soslayados. Momentáneamente debe cumplirse de manera inmediata la resolución y el SIN debe levantar las medidas cautelares que ha impuesto, de congelamiento de cuentas de la FBF, y no puede iniciar una etapa de cobro mientras no se resuelva el caso o se dicte el nuevo auto supremo”, informó López.
De acuerdo con el abogado, hay sentencias que dictan jurisprudencia y demuestran que no se debe pagar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y sólo corresponde el Impuesto a las Transacciones (IT).
Según el SIN, la deuda de la FBF es de Bs 16.478.532 (Bs 13.388.806 por el IVA y Bs 3.089.726 por el IT). Las cuentas de la FBF fueron congeladas el 6 de junio, un día antes de jugar con Venezuela.
“Recurrimos al Tribunal Supremo de Justicia y contra todo pronóstico en esa instancia nos revocan el auto de vista y nos obligan a pagar ese impuesto y el de las transacciones, toda una fortuna que significaría la muerte económica y financiera de la FBF. Obviamente había una vulneración de derechos constitucionales como la igualdad jurídica ante la ley porque no era lógico que unos no paguen por ese concepto y la FBF sí. Por eso presentamos el amparo”.
El abogado señaló también que una vez que se ha anulado la resolución el SIN, las cosas vuelven al estado del auto de vista y eso significa que la FBF no está obligada al pago del IVA, y que puede volver a operar perfecta y naturalmente con sus cuentas y su forma de administrar. La FBF emitió ayer un comunicado anunciando los detalles del fallo emitido en Sucre.
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