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lunes, 29 de mayo de 2017

Liga y ANF con dudas por estatuto de la FBF

La Liga y la Asociación Nacional de Fútbol (ANF) tienen varias dudas con relación al proyecto del Estatudo Orgánico de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), que debe ser aprobado hoy en el Congreso Extraordinario. La principal surgió ayer con el artículo 32, en su parágrafo cuarto, referido a la elección del presidente del organismo nacional, porque sería limitante y solo beneficiaría a unos cuantos dirigentes que podrían presentarse como candidatos al cargo.

Los primeros en levantar la voz fueron los dirigentes de la Liga que expresaron sus dudas por la nueva norma porque la FBF no ha consensuado con ellos y la ANF.

Ambos organismos se reunieron ayer, por separado, para conocer el contenido del Estatuto que les hizo llegar la FBF, que les dejó bien claro que si el balompié boliviano no se adecúa a las nuevas normas se correría el riesgo de sufrir sanciones (suspensión de toda actividad internacional) o el envío una comisión normalizadora, como sucedió con la Asociación del Fútbol Argentino, por parte de la FIFA.

El presidente de la Liga, Maro Perdo, dijo que las inquietudes y dudas fueron trasladadas a la gente la FIFA que se encuentra en Cochabamba para que sean subsanadas. También la ANF hizo lo propio con el fin de “allanar las observaciones y se pueda llegar al Congreso con una única posición”, señaló Peredo quien aclaró que entre las principales observaciones destacan la composición de la Asamblea (Congreso), la forma de elección del Comité Ejecutivo para su conformación y la inclusión de los siete grupos de interés.

“Hay cosas en el Estatuto modelo de FIFA, que son línea roja, se acepta o se acepta, y hay otras que si se pueden flexibilizar.”, indicó Peredo. Los reparos en el artículo 32 pasan por el tema de requisitos para ser candidato. Los directivos observaron que se exige que el candidato haya sido presidente o vicepresidente de la FBF; de ser o haber sido miembro de una junta directiva de un club de la División Profesional de Fútbol Boliviano o de una asociación de la división de aficionados, sin exigencia de antigüedad. El secretario general de la ANF, Rolando Aramayo, también apuntó a que existen varias incógnitas. Los directivos tiene incertidumbre en otorgar votos a jugadores, árbitros y técnicos cuando las asociaciones de estos denominados grupos de interés no han sido constituidos.

EL ARTÍCULO 32 QUE FUE OBSERVADO AYER

En el parágrafo cuarto del artículo 32, en el tema de requisitos se exigía lo siguiente:

- Ser ciudadano boliviano y tener más de 30 años de edad.

- Ser o haber sido miembro de una junta directiva de un club de la División Profesional de Fútbol Boliviano o de una asociación de la división de aficionados.

- Ser o haber sido presidente o vicepresidente de la FBF.

- No tener cargos económicos pendientes con ningún afiliado, ni con la Federación Boliviana de Fútbol.

- No tener sanción vigente emitida por el Tribunal Superior de Disciplina Deportiva y/o Tribunales de Disciplina Deportiva.

- No tener sanción impuesta por los Tribunales de Disciplina Deportiva de la FBF durante los diez últimos años.

- No tener sentencia penal ejecutoriada por delitos de orden público.

César Siles A.

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